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EL ALCALDE LOCAL DE FONTIBÓN CARLOS LEONARDO LOZADA CARVALHO declara el estado de Urgencia Manifiesta para la atención de la crisis por COVID-19

Por: webmasterlocal
Publicado el: Abril 2020
EL ALCALDE LOCAL DE FONTIBÓN CARLOS LEONARDO LOZADA CARVALHO  
En ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confiere el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública,  declara el estado de Urgencia Manifiesta para la atención de la crisis por COVID-19 en la Localidad de Fontibón

 Resolución Número 043_del 21 de abril de 2020  “POR LA CUAL SE DECLARA LA URGENCIA MANIFIESTA PARA CELEBRAR LA CONTRATACIÓN DE BIENES, SERVICIOS Y EJECUCIÓN DE OBRAS NECESARIAS PARA ATENDER LA ASISTENCIA HUMANITARIA QUE SE OCASIONA EN LA LOCALIDAD DE  FONTIBÓN POR LA SITUACIÓN EPIDEMIOLÓGICA CAUSADA POR EL CORONAVIRUS (COVID-19)OBJETO DE DECLARACIÓN DE ESTADO DE EMERGENCIA ECONÓMICA, SOCIAL Y ECOLÓGICA EN EL PAÍS MEDIANTE DECRETO 417 DE 2020 Y DE CALAMIDAD PUBLICA EN BOGOTÁ, DECRETO 087 DE 2020
Que en mérito de lo expuesto, el Alcalde Local de Fontibón:
 

RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR la URGENCIA MANIFIESTA en la Localidad de Fontibón para atender la situación de inminente riesgo según los hechos relatados en la parte motiva del presente acto administrativo, ocasionados por la situación epidemiológica causada por el Coronavirus (COVID-19) objeto de Declaración de Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el País y de Calamidad Publica en Bogotá D.C, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del Estatuto de Contratación Pública y el artículo 7 del Decreto 440 de 2020 de esta forma contar con la atención de emergencias humanitarias con el fin de proteger el derecho a la vida de los habitantes de la Localidad.

ARTÍCULO SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior y dadas las circunstancias expuestas que demandan las actuaciones inmediatas por parte del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, se dispone a CELEBRAR DIRECTAMENTE TODOS LOS CONTRATOS NECESARIOS, obras, bienes y servicios, para atender y superar situaciones directamente relacionados con la respuesta, manejo y control de la pandemia COVID-19, con cargo a los recursos del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón.

PARÁGRAFO: BUENAS PRÁCTICAS: Para todos los efectos, además del cumplimiento de la normatividad vigente en la materia, se tendrán en cuenta las recomendaciones emitidas en la Directiva Distrital No. 001 de 2020, Circular Conjunta No. 14 de 2011, Concepto del 17 de marzo de 2020 de la Agencia Nacional de Contratación Colombia Compra Eficiente y la normatividad que se expida en virtud de la declaratoria de Emergencia Económica, Social y Ecológica a nivel nacional y distrital.

ARTÍCULO TERCERO: Con el fin de atender las necesidades y los gastos propios de la urgencia manifiesta, se dispone de ser necesario hacer los trámites correspondientes a los ajustes de proyectos de inversión o traslados presupuestales internos que se requieran dentro del presupuesto.

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